domingo 13 de septiembre de 2009

El ITP y la burbuja inmobiliaria

Mi actividad profesional me ha mantenido ocupado los últimos dos meses. No es del todo cierto porque también he estado de vacaciones en Nueva York (aunque más que vacaciones ha sido un peregrinaje: todos los economistas tenemos que ir, por lo menos una vez en la vida, a NYC.

No haber blogueado no significa que me hubiese abandonado. Detrás de cada artículo, de cada noticia, veía la entradilla de un post. Eso es lo que me ha permitido no obsesionarme con el apagón temporal en los blogs que mantengo abiertos.

En mi opinión, que te corra sangre bloguera por las venas es lo que te convierte en bloguer, con independencia de la mayor o menor proliferación de "entradas" (aunque eso es lo que mantiene el feed-back con tu amigos de la nube)

Hace mucho tiempo que vengo dándole vueltas al dichoso Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Sí, ya sé, puede ser algo freaky pero ¿qué le voy a hacer? está el que se preocupa por la última intervención de tendón rotuliano del delantero centro del equipo de sus amores y yo, que me entretengo con los impuestos.

El “Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales” (ITP) - y “Actos Jurídicos Documentados” (AJD) – no es un impuesto desconocido para la mayoría de los ciudadanos y menos aún para todo aquel que se ha comprado una vivienda de segunda mano alguna vez.
Si no terminas de ubicarte, sólo tienes que recordar el pastón que tuviste que pagar en el momento de la compra de tu vivienda. Sólo tienes que ser consciente de que es el segundo mayor importe que se paga si la vivienda es de segunda mano, siendo - lógicamente - el propio precio de la vivienda el primero.
“Por su modelo lo conoceréis” y, aunque no recuerdo si la cita bíblica es exactamente así, es al que llamamos “seiscientos”.

El ITP, o seiscientos, supone un siete por ciento del precio de la vivienda y es una fortuna lo mires como lo mires. Tal vez un siete por ciento no fuera mucho dinero en el momento en el que se pare el impuesto, allá por los ochenta – inicialmente un seis por ciento – y dentro de toda la codificación fiscal que da origen a nuestro sistema tributario más moderno (En la actualidad, además, es del siete por ciento desde hace bastantes años en todas las comunidades autónomas).
La situación ha ido cambiando - como digo - desde su invención a finales de los setenta y principio de los ochenta hasta la actualidad. En esas fechas, la memoria histórica del legislador evocaba inflaciones del quince, veinte y hasta el veinticinco por ciento (ver gráfico) y ciertamente, un seis/siete por ciento no era mucho en esa época.


Dicho razonamiento ya no seguía siendo válido en septiembre de 1993, fecha de la que se refunden el texto inicial y del que data el vigente, puesto que ya nos habíamos acostumbrado a tasas de inflación más modestas (en torno al cinco por ciento). Y dicha diferencia no es baladí.

Con una inflación del dieciocho por ciento anual un impuesto del seis por ciento es absorbido por el precio del inmueble en cuatro meses. Ese sobreprecio, soportado inicialmente en forma de impuesto, será insignificante en unos pocos años

Si hoy - por ejemplo - tuviésemos una inflación del seis/siete por ciento y me comprase una vivienda de segunda mano por cien, necesitaría todo un año para poder venderla si quiero recuperar los impuestos pagados (eso sin contara notarios, registradores y otras pirañas inmobiliarias).

Pero, si con inflaciones del seis-siete por ciento tengo que esperarme un año, con tasas del dos o tres por ciento tengo que esperarme dos o tres años; ahora bien, con inflaciones del uno por ciento - o negativas - tengo que esperar seis o siete años… para poder vender sin perder - desgraciadamente - el coste de los impuestos pagados.

Se hablar de la burbuja inmobiliaria y nadie mira que un ITP del siete por ciento también podría ser culpable. Todo el mundo señala hacia los sospechosos habituales como culpables de hinchar - y de reventar - la burbuja inmobiliaria. Ciertamente podrían ser los culplables porque aún no he encontrado estudios que cuantifiquen la cooperación necesaria del dichoso impuesto por lo que, me temo, se va a ir de rositas.

Me gustaría que alguien pudiera cuantificar cuanta rigidez laboral genera a las familias que se plantean un cambio de residencia este peaje tributario. La gente no puede cambiar de ciudad porque, en muchos casos, ese cambio de vivienda habitual le va a suponer el salario de casi un año ¿Acaso los líderes sindicales no se lo pueden decir a ZP en lugar de coaccionarle para que reinvente el PER?

Así mismo, las Comunidades Autónomas (CCAA) – TODAS... las de derecha y las de izquierda - se han acostumbrado a miran para orto lado. Para algunas ha sido la parte del león de su recaudación. Ahora bien esas mismas, afortunadas antaño y embelesadas con el clin-clin de la caja registradora cada vez que un inmueble cambiaba de manos, ahora lloran su ausencia con caídas del cincuenta por ciento de la recaudación.

El argumento que utilizan en las Consejerías de Haciendas de las CCAA – y sus respectivas Agencias Tributarias - es falaz y sólo apto para convencerte si eres un verdadero "pagafantas": “Cobramos el siete por ciento porque es el mismo tipo que el IVA y no podemos hacer diferencias”.



Menuda cara más dura que tienen. Cuando una vivienda tiene que pagar TPO es porque ya pagó en su momento el IVA por todo el valor añadido en su construcción. Gravar otra vez la transmisión porque la vivienda ahora vale más, es como cobrar dos veces por lo mismo. Ya sabemos, en cualquier caso, que el denostado sector inmobiliario es el lugar donde abrevan muchos y el pesebre de otros tantos. La vivienda es esa ubre a la que los políticos siempre han podido ordeñar sin excesivo esfuerzo intelectual.

La sinvergonzonería llega al punto de que, en determinados casos y cumpliendo ciertos requisitos, si se es empresario y se puede optar entre pagar IVA al Estado – deducible, y expectante de devolución, claro, (art. 20.2 de la Ley del IVA) – o el ITP a la Comunidad Autónoma – al siete por ciento… y te lo comes – y eliges pagar el segundo, así, como por inspiración divina, algunas CCAA deciden que sólo pagues un ITP el tres, en lugar del siete por ciento.

Y digo yo: “¿A que no es tan difícil cobrar algo menos cuando queréis?”.

15 comentarios:

Pau A. Monserrat dijo...

un trabajo excelente. Al grupo de Futur Finances en Facebook va de cabeza
saludos

Remo dijo...

LA has clavado Jose Antonio. He cogido la base de tu justificación y le he añadido el factor de velocidad de transmisión como movimiento explicatorio de la burbuja, al tener unos costes impositivos asociados a la compra venta muy superiores al IPC.

José Ant. Avellaneda dijo...

Pau,

Muchas gracias. He visto que lo has destacado en tu grupo de Futur Finances de Facebook.

Remo,

Me gustaría que si escribes sobre el tema me enviaras un borrador o el enlace directamente si ya está publicado. Me sorprende que nadie piense que un ITP del 7% tiene parte de responsabilidad en la burbuja inmobiliaria y otro tanto - en un país con un elevado nivel de vivienda en propiedad vs alquiler - en la poca movilidad geográfica de los trabajadores.

Aunque no sirva como ejemplo en EEUU la gente cambia de ciudad y de estado con mucha más facilidad que la que tenemos nosotros... para cambiar de municipio.

Gracias a los dos por participar.

j.a.

Remo dijo...

Ups, se me pasó colocar el enlace antes. Es un post de El Blog Salmón: La burbuja inmobiliaria y su origen en el impuesto de transmisiones

Saludos

Anónimo dijo...

Excelente. Me parece increíble que hasta ahora nadie haya hablado de este tema. Será porque las comunidades autónomas financian (o financiaban) hasta 20% de su presupuesto con este impuesto (como apareció en BlogSalmón hace unos meses)?

Como dato adicional, en la mayoría de países "avanzados" este impuesto (o su equivalente) está entre 1 y 3%

Ahora que se está hablando del presupuesto, vendría vien reemplazar el ITP por otro impuesto menos distorsivo... (o mejor aún, reducir el gasto de las comunidades que todos estamos pagando con este impuesto)

Anónimo dijo...

... y olvidé mencionar algunos efectos adicionales que este impuesto puede tener:

- que no haya casi pisos pequeños (estudios, 1 hab) en españa. en otros países, se compra primero un piso pequeño, luego se vende y se pasa a uno mayor cuando se puede. si hay que pagar 7% cada vez, quién quiere hacerlo así???

- que por lo tanto, los jóvenes no puedan emanciparse hasta los 30 y algo (si es que pueden) - ya que además de pagar el ITP, tienen que comprar un piso más grande del que necesitan

- y (aunque es un corolario del artículo principal), que los precios no se corrijan tan rápido en España como lo hicieron en EEUU o UK. Mucha gente debe estar esperando a recuperar el ITP antes de vender...

Anónimo dijo...

- y uno más: de que haya 10 millones de viviendas que no son "residencia habitual" en españa (según idealista)(no hablo del millón de viviendas sin vender, sino de las que la gente tiene vacías, como "ahorro")

si por una vivienda nueva pagas el mismo impuesto que por comprar una usada, quién quiere comprar una usada?

José Ant. Avellaneda dijo...

Remo,

Gracias por el enlace. Lo busqué en Pymes-y-Autónomos, en Actibva y no se me ocurrió buscarte en el Blog Salmón...

Muchas gracias también por citarme.

Anónimo,

Pues mira, el cambio de piso es algo que también me había dado cuenta que pasaba en otros países y en España no. No habíá pensado que también pudiera deberse a los elevados costes de transacción. Ese 10 %, de peaje fiscal, podría ser el causante de que muchos jóvenes cuando decicen emanciparse ya piensen en un piso con suficientes habitaciones para cuando lleguen los hijos.

De ahí, como muy bien comentas, exista una demanda muy elevada para los pisos de 3 habitaciones (casi con independencia de los m2) y los de una o cuatro sea anormalmente baja, respecto a otros países.

La evolución lógica es que con 20 años te compres un de 1 habitación, cuando te vas a vivir en pareja o te casas te pases a uno de 2, cuando llegan los niños pases a 3 o 4 y cuando se van de casa te pases a uno de 2 y cuado te jubiles vivas - nuevamente - en uno de 1 habitación (más o menos, claro).

Gracias a los dos por participar,

j.a.

Remo dijo...

Es lo que tiene el multiblogguer. Gracias a tí por el post

Saludos

José Ant. Avellaneda dijo...

Remo,

Nada, nada, estamos aquí para lo que necesites :-)

Veo que en EBS también se está calentando. Y es que, hoy en día, los temas inmobiliarios levantan más pasiones que la "roja", jajaja.

Saludos,

j.a.

Remo dijo...

Es que con este tema las visiones son tan propias y personales que pasa como con el culo: cada uno tenemos uno distinto vamos xDDD

Raúl Bajo dijo...

Hola Jose Antonio;
Tengo que preparar un trabajo para un premio de investigación sobre la burbuja inmobiliaria que conoca mi facultad y habia pensado tocar algo de fiscalidad (desde el punto de vista economico).
Investigando, he llegado a este post, y me parece muy interesante el asunto. ¿Crees qu se puede profundizar algo mas sobre este tema para mi propósito?
Muchas gracias de antemano!
Raúl

Pd. Aquí te dejo mi el link a mi blog de economia (que tambien es uno mas, pero pretende dar un punto de vista personas)

http://www.raulbajo.blogspot.com

José Ant. Avellaneda dijo...

Raul,

La fiscalidad en general, no sólo el tema - llamemos - novedoso del ITP es fundamental en la formación del precio de la vivienda y de la gran bola de nieve que originó la burbuja inmobiliaria.

Como intento comentar en el post, el ITP podría ser uno de los conbustibles que ayudaron a hacer la bola más grande (sobre todo en una segunda vuelta de compraventas)

Es uno más pero no el único. Me ha parecido interesante comentarlo aunque no hay estudios - o al menos no he encontrado - que aporten datos.

La fiscalidad en general - como comento al principio - es uno de los grandes culpables, y hay multitud de pruebas (estas ya documentadas).

Por ejemplo, baste mirar todos los tributos que se pagan desdes la compra del suelo hasta que el comprador final paga el IVA correspondiente: IVA, ITP, licencia de obras, AJD, IBI, cesion de terreno a los municipios, comisiones al concejal de turno (aunque sea en B es un "tributo" porque se entrega a la Administración, jajaja) y si me apuras coste de la Seguridad Social de los trabajadores, etc.

Luego, si quieres profundizar en un tema interesante, está el favorable tratamiento fiscal, en el impuesto sobre la renta, de la inversión en vivienda respecto otras formas de ahorro o alojamiento.

La perniciosa figura de la deducción por inversión en vivienda 15, 20 o 25%, según el momento, y como eso se ha trasladado a los precio. En Micro se estudia quien paga finalmente un impuesto, con independencia de quien hace el desembolso del precio o quién se apropia de una bonificación. En este caso, de las deducciones se han beneficado, en forma de aumentos de precios finales, promotores y dueños del suelo (te recomiendo un documentadísimo estudio sobre el tema de M.Angel López-García, en la colección "Estudios de Hacieda Pública" del Instituto e Estudios Fiscales, titulado "Política impositiva, precios y stock de vivienda", del 2001 aunque no sé si hay alguna edición más reciente).

Oye, gracias por participar y si escribes sobre el tema espero que me cites :-)

... bueno, al memos que me envíes el trabajo para echarle un vistazo.

Por último otra cosa: Muy bueno tu blog, se nota que tienes alma de bloguer :-D.

Saludos,

j.a.

Raúl Bajo dijo...

Muchísimas gracias por todo!

No dudaré en analizar a fondo la idea que me sugieres sobre las deducciones del IRPF.

Y por supuesto, no faltará una referencia tuya si este es finalmente el tema que escojo. Y si hay suerte y gano el concurso, estas invitado a una caña si pasas por Pamplona jajaja...

Gracias de nuevo y un saludo;

Raúl

Ramon.Morata dijo...

El profesor Naredo que estudio las burbujas de los 70, y la actual, nos indica en sus articulos y libros como se valora el factor suelo, el factor impositivo (desgravaciones, impuesos etc) Recomiendo su lectura.